ICONOS FINALES-TRAZADOS

Deducción de vivienda tras el divorcio

Si uno de los cónyuges asume el pago de toda la cuota hipotecaria, puede disfrutar el 100% de la deducción.

Deducción de vivienda tras el divorcio

Si un matrimonio se separa o se divorcia y es propietario de una vivienda adquirida antes de 2013, el cónyuge que abandona la vivienda familiar puede seguir disfrutando de la deducción por adquisición de vivienda habitual por las cuotas que continúe satisfaciendo por su parte del préstamo. Para ello, es preciso que el inmueble siga constituyendo la vivienda habitual de su excónyuge y de sus hijos.

Pues bien, si la resolución judicial de divorcio establece que dicho cónyuge debe hacerse cargo de la totalidad del préstamo (es decir, que debe asumir tanto su parte del préstamo como la del otro cónyuge), tiene derecho a aplicar la deducción sobre la totalidad de las cuotas satisfechas, aunque sea propietario solamente del 50%. Lo mismo sucede si quien asume el 100% de la hipoteca de la vivienda conyugal es el cónyuge que sigue viviendo en ella con los hijos, aunque solo sea propietario del 50% del inmueble.

Recuerde que la base máxima de deducción anual es de 9.040 euros.

 

 

Nuestros profesionales están a su disposición para resolver cualquier duda que se le plantee en materia tributaria.

* Campos obligatorios

Protección de datos personales.

Responsable del tratamiento: BUENO Y ASOCIADOS EMPRESARIAL, S.L.P., B81899023
Calle Carlos Martín Alvarez 100 2º , MADRID

La finalidad del tratamiento de sus datos es dar respuesta a sus consultas y/o solicitudes de información, en base a su consentimiento, facilitado al aportar sus datos (artículo 6.1.a, RGPD)
Usted puede hacer valer los siguientes derechos sobre sus datos,

  • Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del
    tratamiento, de portabilidad, de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
  • Recuerde que ejercitar sus derechos es gratuito. También puede usted presentar una reclamación ante la
    autoridad de control.

Puede usted acceder al aviso legal y a la información completa aqui


Desliza para activar el botón

 

 

Newsletter

Mantente al día con las novedades que importan

Recibe información de interés fiscal, contable, laboral y empresarial. Contenido útil y actualizado para ayudarte a estar informado y tomar mejores decisiones para tu actividad.